Los cinco pasos del cálculo
La fórmula del artículo 96 de la Ley del ISR es siempre la misma, sin importar cuánto ganes. Lo único que cambia es el renglón de la tarifa en el que caes.
- Ubica tu ingreso gravable del mes en la tarifa y quédate con el renglón donde cae.
- Excedente = ingreso − límite inferior del renglón.
- Impuesto marginal = excedente × tasa del renglón ÷ 100.
- ISR del mes = cuota fija del renglón + impuesto marginal.
- ISR a retener = ISR del mes − subsidio al empleo (solo si tu ingreso no rebasa el tope).
Tarifa mensual del ISR 2026 (Anexo 8 de la RMF)
Los límites de esta tabla subieron 13.21 % respecto a 2025 por la inflación acumulada; las tasas no cambiaron. Es la tarifa de pagos provisionales mensuales para sueldos y salarios.
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre el excedente |
|---|---|---|---|
| 0.01 | 844.59 | 0.00 | 1.92 % |
| 844.60 | 7,168.51 | 16.22 | 6.40 % |
| 7,168.52 | 12,598.02 | 420.95 | 10.88 % |
| 12,598.03 | 14,644.64 | 1,011.68 | 16.00 % |
| 14,644.65 | 17,533.64 | 1,339.14 | 17.92 % |
| 17,533.65 | 35,362.83 | 1,856.84 | 21.36 % |
| 35,362.84 | 55,736.68 | 5,665.16 | 23.52 % |
| 55,736.69 | 106,410.50 | 10,457.09 | 30.00 % |
| 106,410.51 | 141,880.66 | 25,659.23 | 32.00 % |
| 141,880.67 | 425,641.99 | 37,009.69 | 34.00 % |
| 425,642.00 | En adelante | 133,488.54 | 35.00 % |
El error de multiplicar el sueldo por la tasa del renglón
Es la confusión más cara del tema. Con un sueldo de $20,000 caes en el renglón del 21.36 %, y mucha gente concluye que le retienen $4,272. La retención real es de $2,383.65: menos de la mitad. La tasa del renglón solo se aplica al excedente sobre el límite inferior, y encima de eso se suma una cuota fija que ya trae calculado todo lo de los renglones anteriores.
El subsidio al empleo 2026 y su acantilado
Desde 2025 el subsidio al empleo dejó de ser una tabla y pasó a ser una cuota fija: $536.22 al mes, equivalente al 15.02 % de la UMA mensual, para quien gane hasta $11,492.66. Se acredita contra el ISR del periodo hasta dejarlo en cero, y ahí se detiene: desde el decreto del 1 de mayo de 2024, si el subsidio supera al ISR la diferencia YA NO se te entrega en efectivo ni se acumula para meses siguientes. Con el mecanismo anterior sí se pagaba, y es un cambio que todavía se explica mal en muchos sitios.
El detalle que casi nadie menciona: como es una cuota fija con un tope duro de ingreso, cruzar ese tope por unos cuantos pesos te hace perder el subsidio COMPLETO. No es un error del sistema, es cómo está escrito el decreto — y significa que la frase «mientras más ganes, más te queda» es falsa en esa franja concreta.
Lo que el ISR no incluye
La retención de ISR es solo una de las líneas de tu recibo. Aparte van las cuotas obrero-patronales del IMSS y, si aplica, el descuento de Infonavit o de crédito Fonacot. Tampoco entran aquí el aguinaldo (exento hasta 30 UMA), la prima vacacional, la PTU ni las deducciones personales que se aplican hasta la declaración anual. Y si facturas por honorarios o estás en RESICO, el cálculo es otro por completo.
Comprueba tu recibo en un minuto
Si el ISR de tu recibo no coincide con lo que esperabas, casi siempre es por una de tres razones: estás comparando contra la tasa del renglón en vez de la efectiva, tu periodo de pago no es mensual, o tu ingreso gravable incluye conceptos que no tenías en cuenta. Usa la calculadora de ISR con tu ingreso gravable del mes y compara el desglose línea por línea. Y si además emites facturas, revisa cómo se calcula el impuesto que trasladas con la calculadora de IVA.