Concepto
¿Cómo se pasa del sueldo bruto al neto?
Del sueldo que firmas al dinero que llega a la cuenta hay dos descuentos, y se aplican en este orden: primero las cotizaciones a la Seguridad Social, después la retención de IRPF — que no se calcula sobre el bruto, sino sobre lo que queda tras cotizar, tras los 2000 € de otros gastos y tras la reducción por rendimientos del trabajo. Esta calculadora no aproxima ese cálculo: ejecuta el algoritmo que la AEAT publica cada diciembre para que las nóminas se hagan igual en toda España.
Método
La fórmula del sueldo neto
Neto = Bruto − Cotizaciones − (Bruto × tipo de retención)- Escribe tu bruto anual y elige si cobras en 12 ó 14 pagas.
- Se calcula la cotización: el 6,5 % de tu base mensual, topada en 5101,2 €.
- Se construye la base de retención restando cotizaciones, otros gastos y la reducción del artículo 20.
- La escala se aplica dos veces —a esa base y a tu mínimo personal— y la diferencia es la cuota.
- La cuota entre el bruto da el tipo, que se trunca al céntimo. Ese tipo es el que ves en tu nómina.
¿Por qué este resultado?
- Base de cotización mensual (bruto ÷ 12, con la prorrata de las extras)2500,00 €
- Cotización del trabajador (6,5 % de la base)162,50 €
- Cotización de todo el año
162,50 € × 12 = 1950,00 € - Rendimiento del trabajo (lo que decide la reducción del art. 20)
30.000,00 € − 1950,00 € = 28.050,00 € - Otros gastos (art. 19 de la ley)2000,00 €
- Reducción del art. 20 — tu rendimiento supera el tope de 19.747,50 €0,00 €
- Rendimiento neto reducido
28.050,00 € − 2000,00 € − 0,00 € = 26.050,00 € - Base para calcular el tipo de retención26.050,00 €
- Escala aplicada a esa base5980,50 €
- Escala aplicada a tu mínimo personal y familiar (5550,00 €)1054,50 €
- Cuota de retención (la primera escala menos la segunda)4926,00 €
- Tipo de retención (la cuota sobre el bruto, truncado al céntimo)16,42 %
- Retención de todo el año (16,42 % del bruto)4926,00 €
- Sueldo neto al año
30.000,00 € − 4926,00 € − 1950,00 € = 23.124,00 € - Bruto de cada una de las 14 pagas2142,86 €
- Neto de un mes normal
2142,86 € − 351,86 € − 162,50 € = 1628,50 € - Neto de cada paga extra (no lleva cotización: ya va prorrateada)
2142,86 € − 351,86 € = 1791,00 €
Casos
Ejemplos resueltos de sueldo neto
- España
30 000 € brutos en 14 pagas, sin hijos
Base de cotización 2 500 € al mes: 2 500 × 6,50 % = 162,50 € mensuales, que en el año son 162,50 × 12 = 1 950 €. El rendimiento del trabajo queda en 30 000 − 1 950 = 28 050 €, por encima del tope de la reducción, así que sólo se restan los otros gastos: 28 050 − 2 000 = 26 050 €. La escala sobre esa base da 12 450 × 19 % = 2 365,50 €, luego 7 750 × 24 % = 1 860 € y luego 5 850 × 30 % = 1 755 €, o sea 2 365,50 + 1 860 + 1 755 = 5 980,50 €. La misma escala sobre el mínimo personal da 5 550 × 19 % = 1 054,50 €, y la cuota es 5 980,50 − 1 054,50 = 4 926 €. El tipo sale del 16,42 % y el neto anual es 30 000 − 4 926 − 1 950 = 23 124 €. Un mes normal se cobra 2 142,86 − 351,86 − 162,50 = 1 628,50 €, y cada extra 2 142,86 − 351,86 = 1 791 € porque la extra no lleva cotización: ya se prorrateó durante todo el año.
- España
15 000 € brutos: cotizas, pero no te retienen
La cotización es 1 250 × 6,50 % = 81,25 € al mes, o 81,25 × 12 = 975 € en el año. La retención, en cambio, es cero: el artículo 81 del Reglamento fija un límite por debajo del cual no se retiene, y para quien no tiene hijos a cargo ni cónyuge dependiente ese límite está en 15 876 €. Con 15 000 € de bruto no se llega, así que el neto anual es 15 000 − 975 = 14 025 €. No es un regalo ni un error de la empresa: es el mecanismo que evita adelantarle a Hacienda un dinero que luego habría que devolver.
- España
Los mismos 30 000 €, con dos hijos
Los hijos no tocan la base: entran por el otro lado, subiendo el mínimo personal y familiar a 5 550 + 2 400 + 2 700 = 10 650 €. La segunda escala pasa a valer 10 650 × 19 % = 2 023,50 €, y la cuota baja a 5 980,50 − 2 023,50 = 3 957 €. El tipo cae al 13,19 % y el neto anual sube a 30 000 − 3 957 − 1 950 = 24 093 €: son 24 093 − 23 124 = 969 € más al año que en el primer ejemplo, sin haber cambiado de sueldo.
Referencia
Cotizaciones del trabajador en 2026
| Concepto | Tipo | Quién lo paga |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | Trabajador |
| Desempleo, contrato indefinido | 1,55 % | Trabajador |
| Desempleo, duración determinada | 1,60 % | Trabajador |
| Formación profesional | 0,10 % | Trabajador |
| Mecanismo de equidad intergeneracional | 0,15 % | Trabajador |
| Total con contrato indefinido | 6,50 % | Trabajador |
Aplicaciones
¿Cuándo necesitas calcular tu sueldo neto?
- Saber qué te va a quedar de una oferta antes de aceptarla.
- Entender por qué la paga extra llega más alta que un mes normal.
- Ver cuánto sube tu neto al declarar un hijo a cargo.
- Comprobar si la retención de tu nómina se parece a la que corresponde.
- Comparar el mismo bruto en 12 y en 14 pagas.
- Estimar el efecto de pasar de contrato temporal a indefinido.
Por país
De dónde salen estas cifras
Dudas
Preguntas frecuentes sobre el sueldo neto
¿Por qué la paga extra llega más alta que un mes normal?
Porque no lleva cotización. La Seguridad Social se calcula sobre una base mensual que ya incluye la parte proporcional de las extras, así que se cobra a lo largo de los doce meses. Cuando llega junio o diciembre, a esa paga sólo se le quita la retención de IRPF. Por eso con 14 pagas la extra viene más gorda, y por eso cobrar en 12 ó en 14 no cambia lo que ingresas en el año.
¿Cambia algo elegir 12 ó 14 pagas?
En el total del año, nada: ni la cotización ni el tipo de retención dependen de cómo se reparta. Sólo cambia el reparto. Con 12 pagas cobras más cada mes; con 14 cobras algo menos once meses y recibes dos pagas mayores. Es una cuestión de cómo prefieres ahorrar, no de cuánto ganas.
¿Por qué mi retención real no coincide exactamente?
Casi siempre por algo que esta calculadora no pregunta: discapacidad tuya o de un familiar, ascendientes a tu cargo, movilidad geográfica, pensión compensatoria al excónyuge, anualidades por alimentos a los hijos, un préstamo anterior a 2013 para la vivienda habitual, o residencia en Ceuta y Melilla. Todo eso baja el tipo. También cambia si has cambiado de empresa a mitad de año: entonces la nueva empresa regulariza, y ese cálculo es distinto.
¿Cómo puede ser que no me retengan nada?
El artículo 81 del Reglamento fija unos límites por debajo de los cuales no se retiene: 15 876 € en el caso general, 17 197 € si tienes cónyuge con rentas de hasta 1 500 €, y cifras mayores según los hijos a cargo. Por debajo de tu límite el tipo es cero. Ojo: eso no significa que no tributes, significa que no se te adelanta nada durante el año.
¿Cuál es el error más habitual al calcular el sueldo neto?
Dos, y los dos empujan en la misma dirección. El primero es restar los 2000 € de otros gastos antes de comprobar si tienes derecho a la reducción del artículo 20: la ley mide ese umbral sobre el bruto menos las cotizaciones, sin los gastos, y adelantarlos regala una reducción a quien no la tiene. El segundo es sacar el dinero de la cuota en vez de sacarlo del tipo: la retención anual es el bruto por el tipo, y el tipo se trunca en el segundo decimal antes de multiplicar.
¿Y si cambio de empresa a mitad de año?
Cada empresa retiene sólo sobre lo que ella te paga, como si eso fuera todo lo que ganas en el año. Dos medios sueldos retienen a un tipo bajo cada uno, mientras que ese mismo dinero junto habría ido a un tipo mayor, así que la declaración suele salir a pagar. Se puede suavizar: al entrar en la empresa nueva puedes comunicarle lo que ya has cobrado y lo que ya te han retenido, y entonces calcula el tipo sobre el año entero. Ojo además a que tener dos pagadores puede obligarte a declarar con rentas por las que, con uno solo, no tendrías que hacerlo.
Si cobro poco, ¿recupero algo en la declaración?
Sí, y no aparece en la nómina. El Real Decreto-ley 5/2026 subió la deducción por obtención de rendimientos del trabajo: 590,89 € al año si tus rendimientos íntegros del trabajo no pasan de 17 094 €, y una cantidad decreciente hasta los 20 048,45 €, siempre que no tengas otras rentas por encima de 6 500 €. Se resta de la cuota líquida al hacer la declaración, no del tipo de retención, así que tu empresa no la aplica y esta calculadora tampoco: el dinero vuelve más tarde. La norma es de febrero de 2026, posterior al algoritmo de retenciones que se publica cada diciembre, y por eso las dos cosas no van sincronizadas.
¿Sirve si soy autónomo?
No. Esto es la nómina de un trabajador por cuenta ajena. Los autónomos cotizan en el RETA por rendimientos netos, con tramos propios, y adelantan el IRPF por el modelo 130 o por retención en factura. El cálculo es otro de principio a fin.
¿Y si gano por encima del tope de cotización?
La base se queda en 5101,2 € al mes y la cotización deja de crecer, así que a partir de ahí cada euro de más sólo paga IRPF. Desde 2025 existe además una cuota de solidaridad sobre la parte del salario que supera ese tope; esta calculadora todavía no la incluye, así que si tu sueldo lo supera holgadamente, tu descuento real será algo mayor que el que ves aquí.
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Fuente oficial
- AEAT — Algoritmo de cálculo del tipo de retención 2026
- Reglamento del IRPF (RD 439/2007)
- Orden PJC/297/2026 — cotización a la Seguridad Social 2026
Actualizado:
Esta calculadora es informativa y no sustituye a tu nómina ni a asesoría laboral o fiscal. Reproduce el algoritmo de retención de la AEAT con los datos que le das; tu empresa dispone de datos que aquí no se piden.